¿CUANTO SE COBRARÁ LA MULTA POR NO VOTAR? ¿COMO JUSTIFICAR LA AUSENCIA?
Multarán con $50 a quien no vote en las elecciones legislativas
¿COMO JUSTIFICAR?
Se podrá justificar la abstención por enfermedad o por encontrarse a más de 500 km. de distancia del domicilio; cualquier ejemplar del DNI servirá para presentarse a los comicios
Si el elector no vota en las primarias ni en las generales, la multa es de $100, y se acumulará a los $50 correspondientes a la primera.
Para efectuar la justificación, los electores deben presentarse, dentro de los 60 días siguientes a la elección, ante la justicia nacional electoral, con el comprobante que demuestre el impedimento al deber de votar (enfermedad, estar a más de 500 km. de distancia del lugar de votación, etc.).
En el caso de los fiscales partidarios, teniendo en cuenta que según las reformas incorporadas ya no podrán agregarse al padrón de la mesa en que actúan, las agrupaciones políticas que participen en los comicios deberán remitir a los jueces federales electorales -dentro de los 10 días siguientes a cada elección- la nómina de quienes actuaron como tales en las mesas de votación, cuyas omisiones serán justificadas.
COSTOS DE LA MULTA
El valor de la multa para todos aquellos ciudadanos que no voten ni justifiquen la no emisión del voto será de $50 en la primera infracción. En los casos en que un elector no vote en ninguna de las dos elecciones -primarias y generales-, la multa por la segunda infracción ascenderá a $100, que se acumularán a los $50 correspondientes a la primera infracción.
Finalmente, la Cámara aclaró que cualquier ejemplar de Documento de Identidad -siempre que sea el más actualizado que posee cada persona- habilita al elector para votar, incluso el DNI en formato tarjeta que contiene la inscripción “no válido para votar”
Con información de diario La Nación
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